No, el hecho de “tener x cantidad” en el PP no determina los impuestos que paga. Podría pagar un tipo medio confiscatorio como usted dice o podría llegar a pagar un 0% tal y como comentábamos aquí:
Pero ahora entiendo por qué ha dicho esto y tiene toda la razón. Cuando digo “no saltar de tramo” me refiero a que el tipo medio al que se rescata el plan no suba (efectivamente si el reembolso se distribuye en varios tramos e incrementamos la cantidad reembolsada, el tipo medio subirá, pero nada obliga a aumentar la cantidad reembolsada, se puede aumentar el numero de años / duración de la renta).
Aun así usted está suponiendo que se rescata de golpe (cosa que habría que evitar) y no hay ninguna necesidad de hacerlo así. Pero incluso con los tipos confiscatorios que comenta el razonamiento sigue siendo el mismo: incluso aunque hacienda te vaya a quitar el 50% de tu plan de pensiones, si ese porcentaje no varía, compensa más sacar la rentabilidad en el PP que en el FI.
Sería como tener a medias con un colega un FI especial que no paga impuestos al reembolsar. Si el porcentaje de participación de cada uno no cambia, cuando el capital del PP se doble, tu capital también lo hará.