Tienes toda la razón. La devolución no tiene ninguna importancia a la hora de calcular el “balance” del plan de pensiones a la hora de rescatarlo. Lo que importa es la deducción que te hacen en cada ejercicio sobre lo que has ganado. Si una año aportas 2.000 euros, es como si ganaras 2.000 euros menos con todas las consecuencias a niveles fiscales (tramos, deduciones, etc.). Ahora veo que no es tan fácil hacer este balance para una persona normal y corriente sin buenos conocimientos en materia fiscal. Sí, tienes claro:
-Las aportaciones que has hecho al cabo de los años.
-El estado final de tu plan de pensiones (aportaciones más intereses).
-De acuerdo con tu pensión y, por ejemplo, la desgravación del 40% por rescate como capital, lo que vas a tener que pagar ha Hacienda de una vez, o si lo haces como renta al cabo de los años.
-Sabes también lo que te han devuelto o no cada año que has aportado al plan, pero de este dato no se puede extraer directamente el impacto de la aportación al plan sobre tu declaración.
Incluso calculando, como dice, @ARS, según el tipo de interés marginal de cada año, el % de retención que le corresponde a ese tipo, y luego la devolución que le corresponde según lo aportado, no está claro (o yo no lo veo) el impacto final de lo aportado con respecto a lo que tienes que pagar a hacienda en el momento de rescate.
Me doy cuenta que en un producto como este es muy complejo de sopesar, así, con números, al final de su vida, el balance final. Cuando estás aportando no te paras a hacer estas cuentas y cuando llega la hora de rescatar, te das cuenta que es muy complejo. En fin, antes de contratar un plan de pensiones habría que hacer un cursillo de fiscalidad para entender bien todos los pros y contras.
La contingencia del rescate a los 10 años de un fondo de pensiones en Vizcaya, se considera como contingencia, por tanto es susceptible de ser rescatado en modo capital, se puede proceder a la deducción en modo capital del 40%. Tiene una salvedad la contingencia de los 10 años, debe causarse solo estando en “ACTIVO”. Esta información esta facilitada por la Hacienda Foral de Bizkaia.
@MarcosLuque Una cuestión acerca de los planes de pensiones. He leído que no afectan al impuesto de patrimonio porque es un producto temporalmente ilíquido. La pregunta es: ¿cuando deje de serlo, por jubilación o circunstancias excepcionales reflejadas, será tenido en cuenta lo que haya en el plan de pensiones, aun no rescatándolo? O mientras no se saque, eso no cuenta para el de patrimonio.
Una segunda ¿puede cualquier gobierno con una ley o decreto incluirlos como base imponible de patrimonio? O eso es muy improbable aunque no imposible… Me imagino que no aplicarían retroactividad.
Qué difícil ponen las cosas en este país para ahorrar e invertir. Siempre dependiendo de tomar decisiones que puede cambiar cualquier gobierno de turno.
Muchas gracias. Un saludo.
Los partícipes de los planes de pensiones no son propietarios del capital que se ha aportado ni de su rdto. sino de unos dchos.
Actualmente, de forma coherente con el espíritu del producto que es obtener una pensión de jubilación o, mucho más usualmente, complementar la pensión, cuando se cobra la prestación, se consideran ingresos del trabajo. Es poco probable que cambie esta situación. Otra cosa es que varien las condiciones y la cantidad a tributar (incluso las condiciones para cobrar la prestación).
Tenga en cta. que el beneficiario del plan de pensiones no siempre es el participe: pueden se sus herederos.
Tenga también en cta. que existen los planes de pensiones de empresas de prestación definida donde se fija la prestación a recibir por el partícipe (o beneficiario), mientras que las aportaciones concretas a realizar varían en función de cálculos actuariales (p. ej., si cambia la situación familiar del participe: estado civil, núm. de hijos…).
Y aunque no lo pregunte, permite que como opinión personal desaconseja los planes de pensiones porque,su único inventivo es la desgravación fiscal de las aportaciones y, créame, en el momento de cobrar la prestación las comisiones de la aseguradora, las expectativas de esta respecto a la esperanza de vida del beneficiario (casi con seguridad considerará que sobrepasará los 90 años) y la carga fiscal haran que entrega aseguradora y Hacienda se adueñen que de más que lo desgravado.
Referente a los planes de pensiones, en mi caso después de analizarlo varios meses me he inclinado por los planes de pensiones de indexa ( el indexado más barato) y por el plan de pensiones de Magallanes ( el plan activo que considero de mayor calidad). En este último caso me ha mosqueado mucho la diferencia de rentabilidad con el fondo que replica, es algo que me fastidia pero entiendo que es lo que hay, ya que he visto que es un efecto que se repite en todos lo planes de pensiones de los valué patrios. Creo recordar que en algun podcast se comentó que Cygnus estaba analizando el tema porque también le preocupaba el asunto, pero no se si en este caso se llegó a alguna conclusión. Que planes tienen ustedes contratados y por qué razón?
Yo también me estuve planteando entrar en el indexado a sp500 de ING pero me pareció demasiado caro.
Yo casi como usted. Tengo un plan de indexa 70-30 que complemento con un plan de pensiones value.
En mi caso elegí, el Bestinver global precisamente porque es el único que guarda una relación exacta con el fondo de referencia, bestinfond en este caso. El PP siempre tiene algo más de Rentabilidad debido a que las comisiones máximas por ley son menores en PP que en FI.
Magallanes me gusta mucho pero hay algo que me chirría cuando veo que no van paralelos el PP y el FI.
Y hay que tener en cuenta que los flujos de entrada de capital son diferentes. En los FI la entrada es más constante, en los PP suele concentrarse a final de año. Las compras periódicas que hacen los fondos para mantener la liquidez bajo control también ayuda. No es posible tener siempre la misma proporción de la cartera entre el FI y el PP, puesto que las compras son de diferente volumen y frecuencia. Esto perjudica a los PP a final de año, cuando tienen mucha liquidez y tienen que comprar “de golpe”, porque muchos inversores meten de una sola vez el máximo, €8,000.
Comprendo que los flujos de entrada sean diferentes y menos escalonados, lo que no comprendo es que ese hecho siempre derive en menor rentabilidad del PP. Solo por estadística habría años en el que el PP lo hiciera mejor que el FI. Por poner un ejemplo en 2018 con la caída de diciembre se supone que la entrada del PP sería mucho más baja que la media de entradas del FI, y no parece que ese haya sido el caso visto el gráfico (que no adjunto porque soy un gañan para estas cosas).
Lo sencillo suele ser más robusto. Si con menores comisiones siempre, siempre llevan años por detrás es porque priorizan el/los fondos frente a PP. La lógica aplastante es que debería ser al revés.
Tristemente estamos en lo de siempre…se legisla un recorte de comisiones para los PP dada su importancia para el ahorro de generaciones cuyas pensiones están cuando menos en duda…pero curiosamente de forma sistematica y pese a esas comisiones menores el mismo producto en formato FI bate en rentabilidad al PP…¿Y el regulador donde esta? ¿Nadie tiene la obligación de auditar a las gestoras para ver que sospechoso mal afecta a la practica totalidad de ellas para que pese a soportar unas comisiones menores los PP ni siquiera alcancen a la rentabilidad del FI al que replican? ¿Nadie tiene competencias (o arrestos) para analizar que ocurre y en su caso aplicar las medidas coercitivas que correspondan para velar por los derechos de los participes?
Me temo que lamentablemente la respuesta a todas preguntas en España a dia de hoy es un NO rotundo…Luego las gestoras se estrañaran de que los PP pasivos tambien incrementen patrimonio…
En el último podcast, @maa hizo un comentario acerca de que los PPs soportaban mayor regulación, lo que les añadía costes adicionales, o eso me pareció entender. Sería interesante que pudiera comentar por aquí ese punto, ahora que hemos reabierto el tema.
Los planes de pensiones no forman parte de la masa patrimonial ni a la hora de pagar el impuesto de patrimonio ni el impuesto de sucesiones. Para entenderlo es “un dinero que aún no se ha cobrado” y que cuando se cobre se pagará el impuesto de la renta del trabajo en las mismas condiciones que la pensión, sueldo o beneficios de la actividad.
Pues no sé si podrán o no podrán, pero veo difícil que hagan nada. Si los impuestos del trabajo son mayores nos tocará pagar más a la hora de rescatarlos, pero como por entonces (al menos yo) creo que tendremos menos ingresos que ahora, será una buena decisión. Y si por el camino me quedo al paro, tengo una enfermedad, etc, etc… Dios no lo quiera, saldré muy beneficiado.
Un saludo.
Pregúntense, por qué no todas las gestoras que tienen Fondos de Inversión, no tienen Planes de Pensión. (No siendo las grandes y no todas).
Y por qué todas las aseguradoras, a las que por lo general, nuca iríamos a contratar un fondo de inversión, resulta que están plagadas de ofertas de Planes de Pensión.
La normativa hace que para tener un Plan de Pensiones, pasen por el aro necesario en imprescindible de cosas como “Mutua de Seguros”, y eso es un intermediario más que hace que…