La generación de los herederos que algo heredan

Más que un texto de opinión, permitanme una reflexión, en la que como en muchas ocasiones ocurre, tu experiencia cercana o el mundo pequeño dónde uno habita, te aleja de la realidad más general y certera.

El tema en cuestión es de las herencias en las generaciones actuales, y/o en las próximas décadas.

No hablo de temas tan recurrentes como el de la fiscalidad. Que tanto interés y controversia genera, sabiendo además que dependiendo de cada Comunidad Autónoma, se puede pagar muy poco, o te tienes que endeudar para poder afrontar la herencia.

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Tema aparte es el problema que se ha dado en muchas regiones de España (Comunidad Andaluza y Asturiana sobre todo), de herencias sobre todo inmobiliarias, en las que había que pagar unos impuestos calculados sobre unas bases de valoración imposibles. Los casos de gente que renuncian a la herencia, o que se han visto envueltos en tener que endeudarse para afrontar una herencia, cuando no llegar a la ruina, son una auténtica verguenza.

Nada que hablar ya de temas colaterales, como tener que pagar impuestos de plusvalía cuando vendías una casa muy por debajo del valor de compra. Que por mucho que haya una sentencia del TC, las administraciones ni caso.

https://www.elconfidencial.com/vivienda/2017-05-17/plusvalia-municipal-contribuyente_1383722/

Tampoco quiero incidir en el tema filosófico-ideológico en el que se entra, cuando se habla de igualdad de oportunidades. Muchos piensan que los impuestos sobre las Donaciones y Sucesiones deben ser muy altos, y que dicha riqueza revierta en “La Sociedad”, porque así se partirá de más igualdad con las siguientes generaciones. Es decir, que una persona no sea favorecida frente a otra, porque sus mayores hubieran sido muy pudientes y ya nazca con casa y coche.

En este último caso, pareciera que entonces todos debiéramos nacer con la misma capacidad, inteligencia y salud para que esa premisa, tuviera el sentido que se le quiere dar.
Me gusta más la idea de defender las cosas yendo a favor de algo, sin que ello vaya en contra de nada.
Personalmente me da igual que alguien que compartiera pupitre en clase conmigo, sea millonario, sin haber hecho nada en la vida; con tal de que eso no me perjudique a la hora de que yo pueda aprobar mis exámenes y buscarme la vida por mi mismo, sin problema. Al contrario, me alegro por la gente que pueda ser afortunada y que vivan lo mejor posible.

IMHO, no soy “muy creyente” de las herencias. Prefiero la idea de Warren Buffett de que la descendencia, sólo por el hecho de serlo, no tenga derecho a bienes de sus mayores por el artículo 33 (tampoco deudas :slight_smile:); creo que con dejar formación y como buscar peces en el río, es más que suficiente.
Pero cada persona es un mundo, y las casuísticas son tantas, que al margen de que haya una forma en la que uno pueda abandonar este mundo dejando su cuenta justamente a CERO, (difícil porque aunque sea, alguna piedra dejará), si se lo tiene que llevar alguien, que sea el deseo que libremente la persona dueña sus bienes designe. Si es el Estado porque a uno le apetece, pues bien, pero si es la portera o el vecino del segundo, también.

Después de toda esta parrafada, el objetivo del texto es poner de relieve un hecho que creo que se está produciendo de forma creciente en nuestros días en la Sociedad española, y es que las herencias actuales y del futuro muy próximo, por fin dejan algo, a las clases medias. No sé si esto es una realidad, o sólo a mi me lo parece.

Nuestros padres por lo general, (o es lo que veo), han heredado nada, o una casa en el pueblo que se cae a trozos, y cuyo valor emocional es lo suficientemente grande como para arreglarla y gastarse un pastón. Así que la herencia, se convierte en un activo que no renta, que paga gastos fijos y más impuestos. Eso en el mejor de los casos.

Pero las generaciones actuales, parece que comienzan a heredar ciertos capitales, activos con valor, bienes inmuebles localizados en lugares, que a parte de “emocionalidad”, tienen además buen valor contable si se realizan. De hecho, en las capitales (para no hablar ya de Bilbao, Barcelona, Madrid, Valencia, etc), es prácticamente imposible vivir por los costes para una persona de clase media, no siendo uno tenga la suerte de heredar una casa de sus padres, que cuando la compraron hace décadas, estaba ubicada en las afueras, y ahora resulta que está dentro la zona de aparcamiento limitado… por céntrica.

No creo en las herencias, mucho menos en contar con ellas de cara a ningún futuro, o en pensar que hay que dejar algo a las generaciones que nos suceden. Cada cual con responsabilidad y lo que piense que es mejor.
Otra cosa es compartir, algo que es muy humano, y que hace sentir tan bien a quien lo realiza porque puede, como a quien lo recibe porque lo necesita. Pero ese es otro tema.

Da la sensación que en este mundo de las Sucesiones habría:

  • Aumento de Recaudación Fiscal; porque el Estado aumentaría sus arcas, dado que siempre será mejor algo de mucho, que no mucho de casi nada.

  • Aumento de Patrimonial de generaciones presentes y futuras: ya que de forma natural las donaciones y herencias, vienen de verdad con riqueza real. Es decir, uno termina después de saldar sus pagos con el fisco, con una ganancia, en vez de con una pérdida, o un marrón considerable, (como lo comentado anteriormente de herencias-ruina).

No sé si hay previsiones económicas por estos conceptos, tanto de recaudación como de aumento de riqueza en familias, por estos valores estadísticos. Como nadie habla de ello, ( no sé si por lo molesto o incómodo de tratar estos asuntos), parece que esto no existe, pero cada vez se ven más casos en los entornos cercanos. Antes era muy raro conocer a alguien que había heredado algo, y que con ello se hubiera hecho un viaje al Caribe, o que con la venta de un inmueble, y después de repartir, se hubieran llevado un pico.

Aumentan las consultas sobre dónde invertir capital de patrimonios que vienen de herencias, en vez del propio ahorro personal de cada uno. Para no hablar, que hasta esperando en la cola del polideportivo, escuchas como si nada, que si el hijo que tiene la vecina que aún no es mayor de edad, se quedará con el piso del abuelo cuando sea mayor. :open_mouth:.
Acabáramos, si uno comienza su vida con la casa puesta no parece que lo tenga muy mal. No es de extrañar, la gente se ha puesto a comprar tantos inmuebles durante tantos años, y a la par la baja natalidad, trae consigo esta “generación tortuga”, que ya traen la casa puesta.

Una persona con un sueldo no muy alto, pero que tenga la casa pagada, o disponga de cierto patrimonio heredado bien invertido, está en mejor o peor posición para afrontar el futuro tan negro que dicen que espera a las generaciones venideras. Ni idea. Sólo es una reflexión.

Me ha venido este tema a la cabeza, al estar hablando con una persona que había recibido una herencia y quería poner un restaurante con lo recibido.
Me he acordado de un gráfico que puso en su día Jose Luis Benito Corres de TrueValue, al respecto, y que traía estas dos variables:

  • Lo menos arriesgado y más rentable ==> Recibir una HERENCIA.
  • Lo más arriesgado y menos rentable ==> PONER UN RESTAURANTE.

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Todo bajo control :upside_down_face:

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Pensando acerca de ello me pregunto: ¿Qué mecanismos existen o han experimentado los miembros de la comunidad para traspasar en vida o ya desde otros planos sus inversiones? Saludos a tod@s

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Desgraciadamente el dicho popular esta hoy mas vigente que nunca;

“Los viejos dan asco y dinero”… sino tienen lo segundo van a tener una vejez bastante miserable.

“Quien da lo que tiene antes de que morra (muera) merece que le den con una porra.”

Cuidado con las donaciones en vida ,especialmente si no se va a morir uno joven.

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Involucrado en el proceso de recibir una “propina” me preguntaba si alguien tiene experiencia en cuanto al proceso de herencias y legados. Parecía tan sencillo y sin embargo se añaden gastos e impuestos que parecen que no acaban nunca.

Me pregunto si tras liquidar el ISD, hay que seguir pagando en el IRPF si la cantidad a recibir no es mayor a cinco cifras. También, si alguien aceptó recibir algo siendo residente fiscal en el extranjero y cuál fue su experiencia.

Cualquier experiencia y/o guía sería fantástico.

Gracias.

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Hola:

tras liquidar Sucesiones, el precio de compra de los bienes heredados es el valor fiscal que tenían el día del fallecimiento del causante (en ese sentido, se habla de la “plusvalía del muerto”, que supone que lo heredado no se valora al precio por el que se compró en su día, sino a su valor fiscal el día del deceso, que la mayoría de veces es bastante mayor).

A partir de ahí hay que reflejar en el IRPF, en los años en lo que se venda algo, por el incremento (o pérdida) patrimonial (precio venta - precio compra o al que se heredó), o bien, evidentemente por los intereses y dividendos generados de posibles cantidades de dinero o acciones heredadas.

Lo de ser residente fiscal en el extranjero ya me sobrepasa (se tributa en la Comunidad del fallecido), si bien creo que procede aplicar la normativa estatal de Sucesiones en ese impuesto si el fallecido residía en el extranjero.

Un saludo.

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El punto es que es una cantidad a repartir entre muchos, cada uno de esos muchos recibiendo una “propina” y no sé si el ISD debe ser pagado/liquidado individualmente o la persona que más recibe lo debe liquidar por su cuenta en su totalidad y luego ajustar cuentas con los demás. Aparte la liquidación/pago afectará al IRPF imagino.

Quién recibe una X parte es residente fiscal en el extranjero pero el notario lo consideró a tal persona como vecino de España (aunque se posee justificante de modelo 030 realizado hace años). :sweat_smile:

Tal es la situación que hay que ir todos juntos al banco a cerrar cuenta bancaria del fallecido y recoger esa “propina”.

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Parto de la base de que estamos hablando de Donaciones y no de Sucesiones, y de dineros (o activos financieros) y no de inmuebles.

También asumo que el donante reside en España y el donatario en otro sitio.

Los trámites y pagamentos dependen de la legislación española, de la del país donde reside y de los acuerdos entre ambos, si los hubiera.

Por lo visto la cosa varía bastante. Si reside en Ámsterdam, por ejemplo, la Hacienda holandesa no le va a pedir ni siquiera que le notifique la operación. Al año siguiente tributará por rentas imputadas como todo hijo de vecino.

En Alemania en cambio le van a hacer tributar. Pero el máximo exento es generoso y en teoría le descuentan lo que ya haya pagado en España.

Luego en España se puede y debe acoger a la normativa de la Comunidad donde los bienes hayan pasado la mayor parte de los 5 años anteriores. O tributar por la normativa estatal que no tiene bonificaciones :clown_face:

Si con lo del IRPF se refiere a de si después de hacer frente al ISD tiene que tributar como si de plusvalías o salario se tratara, la respuesta es no.

Ahora sí, si la donación es de activos financieros con ganancias latentes, el donante tendrá que teibutar por las plusvalías. Cosa que no sucede es Sucesiones.

Este pos no contituye asesoramiento legal, que yo sólo soy un pobre amo de casa.

Saludos!

Edito, ya veo que mis supuestos eran equivocados :clown_face:

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Hola:
Si la “propina” es baja, o está envenenada, lo mejor que se hace es renunciar a ella y asunto resuelto.

Todavía me estoy aplaudiendo :joy: por haber renunciado a alguna de esas.

Saludo.

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Sin duda alguna y como amo de casa no se equivoca en sus consejos. Confirma mis intuiciones a pesar de mi desconocimiento total del asunto.

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La propina no está envenenada. Unas vacaciones en Maldivas pagadas. :blush:

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Interesante entonces, pero por hacer una observación decir que en su día, y siendo Presidente, Obama confundió las Maldivas con las Malvinas (son bien diferentes).

Un saludo.

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Añado artículo de El País referido al tema de @MAA :grinning:

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Es curioso porque el artículo, ya que la causa de la renuncia que se da en el cuerpo del artículo (artículos con más pasivos que valor tiene el activo) nada tiene que ver con la hipótesis fundamental que esgrime la periodista (bajos ingresos de los herederos).

Del propio artículo:

“Las causas que hay detrás del fenómeno suelen apuntar principalmente a la existencia de deudas. "

Y todos los ejemplos que citan son por el estilo.

Con respecto a la cuestión en general, y cuando les llegue su momento a los Boomers, yo preveo que se va a heredar menos; pero simplemente porque tengo la sensación de que el negocio de las hipotecas inversas se va disparar para poder pagar residencias.
Actualmente los Boomers pueden (con muchísimo esfuerzo y gastando dinero) cuidar de sus padres, pero cuando le toque a las generaciones siguientes vamos a ver que no hay tantos hombros en los que descargar el trabajo, ni tanto dinero para hacer frente a los gastos.

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Estimados foreros,

Tengo una consulta que quizá ya se haya tratado en alguna ocasión, pero agradecería si alguien pudiera orientarme. Si una persona fallece, ¿cómo pueden los herederos averiguar si el fallecido tenía fondos de inversión, acciones u otros productos financieros? ¿Qué sucede si estos activos no se reclaman de inmediato? ¿Existe el riesgo de que se pierdan, o siempre es posible recuperarlos?

En mi caso particular, mi familia no tiene claro qué posiciones tengo actualmente, y supongo que no soy el único en esta situación. Imagino que reflejar estos activos en el testamento es una opción, pero, como no tengo intención de fallecer pronto, es probable que mis inversiones cambien para entonces.

¿Es posible vincular un testamento con un documento digital que pueda actualizarse a medida que cambien las posiciones financieras? ¿estos activos queden registrados en la Agencia Tributaria o en algún otro organismo?

Agradezco mucho cualquier información o consejo que me puedan brindar.

Saludos

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Tiene por aquí un hilo que creó @Savrola para que no se perdiese demasiado el contenido relacionado que se comentó en otro hilo más variado como era el de Witten.

Aunque creo que no se responde todo lo que pregunta, hay bastantes ideas.

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En primer lugar, hay que saber en qué entidad tenía la cuenta el difunto. Basta con acudir a la Agencia Tributaria con los documentos que acredita a una persona como heredera para acceder a la información financiera buscada.

Si has hecho una partición de la herencia y has dejado bienes fuera porque no sabías que eran del fallecido, o porque desconocías su existencia, o no se aplicaron debidamente las normas de valoración, tienes la posibilidad de realizar una adición de bienes a la herencia.

Establece la Ley que cuando se omite en la partición algún bien, objeto o valor, no se convierte en ineficaz, sino que mantiene plenos efectos jurídicos.

El plazo para aceptar una herencia no se encuentra especificado en ninguna ley de forma explícita, porque no se puede forzar a un heredero a tomar una decisión. Sin embargo, el plazo para aceptar una herencia máximo se considera de 30 años, a partir del momento en el que la persona fallece.

Además, en cualquier notaría sabrán ayudarle.

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Hoy en día, la tecnología ayuda a las personas de muchas maneras, aunque también se vean algunos aspectos negativos. La Administración también ha avanzado en esto, y los herederos tienen los registros siguientes a los que podrán acudir para obtener, de manera oficial, información muy valiosa de cara a la tramitación de una herencia:

Certificado de los contratos de seguros de vida y accidentes:

Certificado de la otorgación de testamento, si lo hubiere:

Información oficial de la AEAT sobre instrumentos financieros: Fondos de Inversión, Acciones y ETF, cuentas corrientes abiertas a nombre del causante, etc., con un certificado de defunción y pidiendo cita previa en la AEAT entiendo que no debería haber ningún problema en conocer algún instrumento financiero que el causante no hubiera informado a sus herederos:

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/tengo-que-presentar-declaracion/contribuyentes-fallecidos/que-sistemas-identificacion-pueden-utilizar-herederos.html

Espero le sirva. Un saludo.

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Lo mejor es tener todo en un solo banquito y listo.

El rollo de Interactive y demás está muy bien, pero luego hay problemas.

Yo por ejemplo he tomado decisión drástica y ahora está todo en myinvestor para que, esperemos que no pase, si me voy para el otro barrio, no se queden cosas por ahí sin que nadie se entere.
Tanto los que tengo arriba como los que tengo por abajo, mejor que lo sepan.

Al final es cambiar de comercializador y hacer traspaso de acciones a un solo broker. Si es en España, mejor, que con la CIRBE sale todo.

Otra cosa son depósitos que si se tienen, por el tema de las garantías, pues hay que tener más bancos para dejar 200k en cada uno. Ahí no queda otra salvo que se asuma el riesgo.

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Saludos cordiales, @Camacho113.

Si trabaja con unas pocas entidades (o muchas), puede indicarlas en el testamento.

También puede guardarse en casa un documento y hacerlo saber a los herederos.

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Van a venir sus amigos de los de los dividendos a decirle que así pasa dos veces por caja (retención origen y destino) y le toca reclamar a hacienda lo cobrado de más cada año.
Yo hago algo parecido pero moviendo posiciones una vez las considero cerradas, aprovecho las comisiones bajas de IBKR y luego las traspaso a banco nacional. Espero que la parca me pille con todas las posiciones cerradas y dentro de muchos años.

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