Sacar provecho a las pérdidas: el juego de las compensaciones

Partiendo del siguiente artículo del que he recogido el título del post y los ejemplos, hago un resumen con información del mismo:

ganancias o pérdidas patrimoniales (acciones, fondos, inmuebles, ETF, Socimi, derechos de suscripción opciones, warrants, futuros, CFD). Se agrupan y se compensan entre sí los importes positivos y negativos de las ventas realizas en el año. Puedes compensar con saldos negativos de los últimos 4 años.

rendimientos del capital mobiliario (depósitos, intereses cuentas corrientes, dividendos, deuda pública y privada o seguros de ahorro). Se agrupan y se compensan entre sí los importes positivos y negativos recibidos en el año .

Si tenemos un saldo negativo en patrimoniales podemos compensarlo con un 25% del saldo positivo de los rendimientos del capital mobiliario.

Nota:

Si se vende acciones o participaciones de fondos con la intención de compensar la pérdida que genere la venta este año, debe esperar dos meses desde la misma para volver a adquirirlos. Eso sí, si la inversión es interesante, una forma de sacar a la luz la pérdida y esquivar esta norma es vender y recomprar un bien no homogéneo.

Ejemplo: Vender Cobas Internacional y Comprar Cobas selección, vender un indexado de vanguard y comprar el equivalente de Amundi, vender Santander y comprar ¿BBVA? :sweat_smile:

Ejemplo del artículo:
Venta de fondo: más de 500 euros de ahorro

El pasado mes de enero nuestro amigo Carlos vendió 750 acciones de Iberdrola con las que ha ganado 2.136 euros. Por otro lado, en abril del año pasado invirtió en el fondo de acciones globales Bestinver Internacional en el que, dadas las caídas bursátiles desencadenadas por la crisis del coronavirus, acumula unas pérdidas de 2.996 euros y que está planteándose vender. Asimismo, este año cobrará 1.000 euros de un seguro y otros 1.500 de intereses de depósitos, cuentas… ¿Cuánto podría ahorrarse en su declaración del año que viene si vendiera ahora el fondo?

Si vende ahora su fondo de inversión, Carlos podrá compensar parte de las pérdidas con las ganancias de las acciones de Iberdrola. Tras esa compensación tendrá un saldo de pérdidas por importe de 860 euros (2.136 – 2.996), que podrá compensar con el 25% del saldo positivo de rendimientos de capital mobiliario (intereses y seguro), es decir 625 euros (2.500 x 25%). De esta manera, tributará por un saldo de rendimientos de capital mobiliario de 1.875 euros (2.500 – 625) y aún le quedarían unas pérdidas de 235 euros (860 – 625). Para compensarlas completamente en 2020 (y reflejarlas en la declaración que deberá presentar en 2021) tendría que vender bienes con ganancias por ese importe (que podría volver a comprar inmediatamente si la inversión es interesante).
• Si no vende otros bienes con ganancias, el saldo de pérdidas quedaría pendiente de compensación para los 4 años siguientes y el ahorro que conseguiría con el juego de las compensaciones ascendería a un total de 524,59 euros : 118,75 euros que le hubiera correspondido pagar por los 625 euros de rendimientos de capital compensados y 405,84 euros que le hubiera correspondido pagar por la ganancia de las acciones.

Conclusiones que saco:

  • Si arrastras saldos negativos de otros años (sobre todo si son de hace 4 años y no quieres que “caduquen” sin aprovecharlos) , puede interesar vender parte de acciones o fondos con rendimiento positivos en la misma cantidad y comprar “equivalentes” volver a comprar el mismo producto vendido. No dejaría ningún saldo negativo sin aprovechar.
  • Si este año has vendido acciones o fondos que (en agregado) te han generado plusvalías piensa si te es interesante vender fondos o acciones con rendimientos negativos para compensar (y así no pagar por esas plusvalías) y comprar a su vez “equivalentes”.
  • Si este año has vendido acciones o fondos que (en agregado) te han generado minusvalías puedes dejarlo para compensarlo otros años o compensarlo este año con la venta de posiciones positivas (y comprando “equivalentes”).
  • Si has recibido en dividendos e intereses una cantidad importante, puede interesar jugar con las ganancias o pérdidas patrimoniales para que estos tengan un saldo negativo y puedas compensarlo con el 25% de la suma de esos dividendos e intereses (rendimientos de capital mobiliario).

Nota: Podría haber errores en las conclusiones (no soy experto en fiscalidad) y en ese caso agradecería que me corrigieran o aportaran otros “trucos” al respecto.

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Creo que si el activo que se vende tiene plusvalías se puede volver a comprar al día siguiente sin necesidad de buscar un equivalente.

Por lo demás muy útil el artículo; aspecto a tener muy en cuenta en la gestión patrimonial y normalmente olvidado.

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Correcto @ARS . Gracias por la aclaración.
Así que amigos, abrid un excel, recopilad la información de los rendimientos negativos de otros años*, de las ventas de este año, los dividendos recibidos y mirad si os interesa hacer algún tipo de operación de compensación :wink:

*En los datos fiscales del año anterior pueden encontrar los saldos negativos pendientes de compensar. Si no, en el borrador de la renta en el Anexo C.2 > Información adicional > Saldos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales pendientes de compensar en los ejercicios siguientes.

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Muy útil su post. Si bien personalmente conocía el funcionamiento de lo que comenta, lo ha expuesto vd con un orden y claridad realmente útiles.

A propósito de esto:

¿Algún forero sabe si los montos de pérdidas patrimoniales pendientes de compensar ganancias futuras son exportables a declaraciones de otros países como Alemania y Reino Unido?

Hola, sólo una pregunta. Al compensar perdidas con el 25% de rendimiento de capital mobiliario del mismo año, ¿lo hce automáticamente la web de hacienda?.
Un saludo

Un apunte para los foreros que tributamos en haciendas forales del país Vasco.
En nuestra hacienda no aplica está norma.

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Creo que sí, pero en todo caso siempre hay que comprobarlo en el borrador.

Muchas gracias por el recordatorio y por la información.

De cara a reembolsar un fondo con pérdidas y compensar ganancias de dividendos, y nos cuente para la declaración IRPF 2020, qué fecha cuenta para Hacienda? La del día que tú das la orden de reembolso al fondo, o la del día en que recibes el dinero en tu cuenta? (Suele tardar uno días hábiles).

Gracias nuevamente y saludos a todos!

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Secundo la pregunta que formula @xarizti
Me quedan 24h para tomar esta decisión y desconozco la respuesta :confused:

A ver si un alma caritativa que conozca la respuesta se asoma y nos ilumina.

Según me han dicho en Renta 4, cuenta la fecha del valor liquidativo, no la de liquidación del dinero.

¿Le han dicho también, si por ejemplo reembolsa un fondo hoy, qué valor liquidativo aplicará?

Eso sería clave para saber si, a efectos fiscales, tal plusvalía sería de 2020 o de 2021.

Si da la orden hoy, se le abonará el importe con el valor liquidativo de hoy, aunque lo cobre usted en unos días. Debe tener cuidado con la hora a la que usted de la orden ya que, al igual que en una transferencia, hay una hora límite, que suele variar en función de la gestora y de la comercializadora del fondo, a partir de la cual la orden corresponde al siguiente día hábil. Creo recordar que, en algunos casos, la hora límite suele ser bastante temprana, entre las 10:00 y las 12:00. Lo mejor es que consulte con su comercializadora

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Gracias por su respuesta @Sir_Arthur.
Acabo de llamar a las gestoras correspondientes y me han informado de que hoy día 31 no es día hábil para realizar reembolsos. Esto es, que los reembolsos que se hagan hoy ya serían operaciones del ejercicio 2021.

Esto me pasa por dejármelo todo para el último minuto :confused:

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Tenga en cuenta que ya conoce la casuística para la próxima ocasión. No la olvide. Espero no le haga demasiado roto que seguro que no :wink:

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En este ejercicio 2.020 tan particular, he tenido perdidas y ganancias patrimoniales en el mismo año. La propia aplicación rentaweb me lo ha calculado correctamente.

Para años anteriores no he podido verificar todavía si lo tiene en cuenta.