Retención en origen para etf´s UCITS

Buenas noches, estimados foreros

a ver si alguien de ustedes me puede aclarar esta duda: yo tenía entendido que al recibir los dividendos de un etf de distribución, no te podías escapar de la retención en origen, pero consultándolo en FINECT leo lo siguiente:
" La fiscalidad de los dividendos de los ETF es similar. Si recibes el pago de dividendos, los dividendos tributarán como rendimiento de capital mobiliario.

En este caso, deberás revisar si el ETF concreto es o no un UCITS. Si lo es, no habrá retención en origen en caso de ETF de fuera de España, pero si no lo es, sí que la habrá. Esto quiere decir que te retendrán una parte en el país donde cotice el ETF y también en España.

Es decir, si yo contrato por ejemplo en la bolsa de Milán el etf deVanguard de Alto Dividendo, que es UCITS, debo entender que el fisco italiano no me retendrá nada en origen. ¿Esto es realmente así?
Gracias.

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Es correcto, los ETFs UCITS no realizan retención en origen sobre el dividendo. Eso no quiere decir que el propio ETF no sufra retención al cobrar los dividendos de las acciones que posee, dependiendo del país en el que cotice cada compañía. Por eso en un ETF de distribución se produce en cierta medida una doble retención del dividendo.

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Buenas noches, Catón

entonces entiendo que si el etf de distribución no fuera UCITS, en realidad se produce una triple retención:

  1. La propia retención de la empresa cuya acción posees en el etf, destinada al fisco del país donde tiene la sede fiscal (excepto, en el caso de Europa, las acciones inglesas, que no sufren retención en origen)
  2. La retención del país donde esté domiciliado el etf (Italia, Alemania, etc).
    3.La retención de la hacienda española (19%).

En cualquier caso, lo que está claro es que no puedes recuperar la retención en origen de las acciones extranjeras de un etf en la declaración del IRPF, como sí ocurre si posees acciones individuales (hasta un límite del 15% de la retención en origen, que coincide con la retención en origen practicada en acciones americanas, p.ej.).
¿O hay alguna forma de poder recuperar la retención en origen de las acciones en un etf de distribución? Se me antoja imposible, pero quizá sea el “precio” a pagar por tener una amplia diversificación de acciones a un bajo coste, aunque no es del todo justo.
Gracias.

Es correcto Ulises68 y que yo sepa no hay forma de reclamar la retención en el dividendo que sufre el ETF. En cualquier caso, este tema se mitiga bastante invirtiendo en ETFs de acumulación. En caso de querer una renta periódica puede vender una parte y de hecho pagaría a hacienda un porcentaje por la plusvalía de esa venta, no como con un dividendo que pagaría por el total del dividendo recibido.

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Buenos días, Catón

bueno, mi cartera actual contempla una parte generadora de rentas pasivas, y aunque tengo acciones individuales, también quería añadir un etf de distribución. De ahí mi interés en este tema de las retenciones en los etf´s de distribución.
De hecho, la ventaja que le veo a las rentas vía dividendo es que, en principio, no debes vender el principal (la acción, por ejemplo, o la participación de un etf).
Pero como soy ecléctico en materia de inversión, también tengo fondos y etf´s de acumulación. Me he fijado una cifra de 6000 euros anuales en rentas vía dividendos (tras pasar el filtro de las retenciones varias). De momento, ese es mi objetivo.
Saludos y gracias por la respuesta.

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En el caso de dos clases del mismo fondo, una de acumulación y la otra de reparto, es indiferente desde el punto de vista del valor, obtener la renta vendiendo participaciones del fondo de acumulación a que sea via reparto de dividendo del de reparto.

Cuidado que a veces la contabilidad mental nos juega malas pasadas y el hecho de calificar algo como de reparto o de acumulación, es una mera forma de funcionar y lo de vender el principal también puede ser un criterio discutible si añadimos a la ecuación la asignación de capital que se hace desde esa parte principal.

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Buenas noches, agenjordi

sí, pero como invierto con estrategias diferentes con objetivos diferentes, en el apartado destinado a rentas periódicas no me interesa vender ni una acción, ni una participación porque (y puedo estar equivocado) estoy quitando “potencial” a la generación de rentas futuras. Le estoy quitando “pólvora” al mosquetón de las rentas. Lo cual no quiere decir que necesariamente, y por otros motivos, deba vender parte de unas acciones.
Mientras tanto, mis otras inversiones de acumulación siguen “componiendo” a su ritmo.
La verdad es que con este sistema me encuentro cómodo, y a mí personalmente me ayuda a estructurar mi cartera. Eso sí, con liquidez preparada para hacer frente a una corrección importante.
Gracias por sus observaciones. Esta comunidad genera auténtico valor.

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Buenas
La verdad es que no me ha quedado claro del todo si se produce retención en origen a los etf de dividendos.
Un ETF de acumulación de dividendos, UCITS, de fuera de España. Tiene retención en origen o se devenga el dividendo en su totalidad?
Un ETF de acumulación de dividendos, no UCITS, de fuera de España. Tiene retención en origen o se devenga el dividendo en su totalidad?
Me gustaría encontrar un producto con el que fuese fácil invertir en dividendos de forma diversificada y de acumulación, sin tener que pagar el peaje de perder la retención en origen. Porque si se pierde un 15% del dividendo en origen sin poder compensarlo en el IRPF, mejor comprar acciones directamente.
Gracias de antemano

Buenas noches,Nacho

Me temo que no hay forma de evitar la doble retención. Puede usted adquirir directamente las acciones, pero eso va a requerir un estudio previo, y la ventaja de ello es que se puede crear su propio fondo con una combinación de acciones que a menudo resulta difícil, o imposible según qué acciones incluya, encontrar en un etf o en un fondo. Además, invirtiendo directamente en acciones usted elige cuál sobreponderar, o en cuál añadir posiciones, y en qué otras no . La opción del etf o del fondo es lo más cómodo, sin duda. Y con una inversión menor de dinero tendrá una mayor diversificación, pero pierde ese “control”. Además, en la declaración de la renta podrá añadir ese tanto por ciento de la retención en origen, en el caso de las acciones individuales. Yo sigo las dos estrategias y, por lo que he visto en las carteras de otros muchos inversores, es algo común.

Es algo bochornoso, a mi modo de ver, que en el caso de las acciones europeas los inversores europeos suframos esta doble retención. Deberíamos pagar la retención propia de nuestro país, y punto. No logro entender por qué no se ha arreglado todavía este asunto de la doble retención en Europa, con un mercado común y con una legislación común, en algunos casos. ¿Cómo es que nadie, que yo sepa, ha intentado solucionar esto en la propia UE? Es un sinsentido absoluto.
Saludos.

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