Qué opina Witten de (in memoriam - DEP Witten)

Otro más que se suma al sentir general del foro. Le deseo una pronta recuperación y me alegro mucho verle de nuevo por aquí.

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Me alegra muchisimo leerte de nuevo Witten. Gracias por tus sabios pensamientos y mucha suerte y paciencia con la recuperación.

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¿Tenéis todos preparados para en caso de un desgraciado accidente, un informe para vuestras familias, sobre donde estáis invertidos, acciones, fondos, gestoras, etc?
Yo lo tengo todo ordenado en Google Drive, pero no me atrevo a compartir las claves por miedo a la incomprensión. No conocen nada este mundillo, ni eso de que vamos a largo plazo. Temo hasta que no les gustase nada eso de intentar promediar aprovechando los rendimientos negativos de estos últimos meses.

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Muy, muy importante reflexión. Ya la planteó hace algún tiempo un experto inversor en Finect y nos dio a muchos qué pensar. De hecho se llegó a plantear conforme te vas haciendo mayor, la posibilidad de contratar a alguien para que se hago cargo de todas tus inversiones por si en tu familia no quieren o no saben hacerlo. Como comentario jocoso y real, tengo una cuñada la mar de espabilada que ya me ha dicho en más de una ocasión que a ella no le importaría hacerse cargo de la “custodia” de mis finanzas :face_with_raised_eyebrow:

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Sí, en mi caso está todo impreso junto al testamento, desde gestoras, cuentas, claves, cómo proceder tanto si se quiere seguir invirtiendo como si no…
Saludos

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Es un tema que me preocupa mucho. Supongo que los herederos obtienen todo del registro, pero si es cierto que, si quisieran operar por uno, no podrían hacerlo sin tener claves. Sobre esto último está otro problema: las entidades on líne te obligan cada cierto tiempo a cambiarlas.
Se aceptan sugerencias sobre todos estos aspectos porque puedo ser candidato ideal a sufrir una situación de este tipo.

Welcome Back Witten!
Una alegría su recuperación y volver a leer sus afilados comentarios.

Por curiosidad. Había rotado usted en los meses pasados a cash/ fondos monetarios o su retirada de True Value fue directa a otro fondo de RV?

Bueno, con toda la documentación y patrimonio heredado, información, números de teléfono para contactar, etc., que es lo que yo he preparado, simplemente con acudir a un abogado o gestor entiendo que podrían empezar a manejarlo…
Saludos

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Aparte de lamentar el accidente y de desearle una pronta recuperación, decirle que he añorado sus cualificadas opiniones. Hágale caso a su mujer.

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Deseando una pronta recuperación. Un placer verte de nuevo.

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Tómese su tiempo, esperamos verle pronto con la zurda al 100% y de nuevo con su camiseta.
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¿De qué registro?
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Encantado de su vuelta y le deseo una pronta y total recuperación

@hipotrader, cuando alguien muere, los herederos acuden al notario con el testamento y este, previamente, se ha informado de todas las cuentas y propiedades que el fallecido poseía.

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Yo ese pensamiento lo tuve el año pasado.

Teniendo el patrimonio repartido en varias entidades y algunas de ellas fuera de aquí como Interactive Brokers (con Dólares y Libras) un día pensando como se las apañaría mi mujer con todo ello si me pasara algo hice 2 cosas.

La primera, un testamento. No es muy caro y puedes modificarlo las veces que quiera. Lo hice en un notario cerca de casa para mayor comodidad.

Hice como un memorandum o libro de instrucciones. En él explico la operativa pero siendo consciente de que posiblemente para alguien ajeno a este mundo sería muy complicado que siguiera con ello al menos allí está escrito donde está todo, sus claves de acceso, copias de tarjetas de coordenadas, instrucciones para vender o al menos cambiar divisa y transferir fondos.

Como intenté ser lo más explícito posible, es bastante extenso. Hay pantallazos sobre posiciones totales (me gustaría decir que las actualizo cada 3 meses pero lo cierto es que lo hago cada 6. Ahora a final de año tocará hacer la foto y sustituir las anteriores por las nuevas).

Todo guardado en un pen del cual hay 3 copias custodiadas por 3 personas distintas de mi entorno más privado con las instrucciones de que si me pasara algo los 3 colaborarían en llevar a cabo las instrucciones que allí se exponen.

Otra opción (que no sé si es factible) es que esa misma información te la custodie el notario como parte del testamento.

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Cuando una persona fallece no por eso deja de estar obligado a hacer su declaración de IRPF y/o Patrimonio.

Toda la información llega al año siguiente, antes de las declaraciones fiscales. La información puede llegar por Internet por lo que sería conveniente que, al menos, la esposa, supiera su password.

Otra cosa es como su viuda e hijos, en su caso, gestionarían a futuro las inversiones.

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Y ojo si se tiene la obligación de rellenar el modelo 720; ahí puede que no le remitan la información o puede que se cometa el desliz de no declarar, de declarar mal o fuera de plazo.

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Exactamente.

Una vez uno estira la pata imagino que lo que hagan con el patrimonio que ha construido uno carece de importancia.

En mi caso, mi patrimonio vía testamento está repartido en función del activo a mi mujer y a mis hijos.

En el caso de mi mujer, le explico que hay, donde y cómo lo gestiones (con sus paswoords y demás) pero tiene total libertad de hacer con ello lo que le plazca (también le explico como hacerlo).

Pero en el caso de mis hijos, al ser menores, hay la misma información que arriba pero no se puede tocar nada hasta que cumplan 18 años y ellos decidan que hacer (me estoy planteando elevar el listón de edad a los 25). Es decir, por ejemplo, mis acciones (que para más inri las compro en múltiplos de 3 por tener 3 hijos) pasarían a ellos y no tienen ninguna obligación ni de seguir comprando ni de reinvertir los dividendos. Pero no se puede vender ni una acción y en caso de no querer reinvertir los dividendos deben ingresarse en cuentas remuneradas y sin gastos (tipo cuenta Naranja) hasta esos 18 años.

Creo que sobre la legítima 2/3 en derecho castellano no se puede imponer condiciones aunque si dar instrucciones al tutor legal (la madre) que estará vigente hasta la mayoría de edad de los hijos.

Repito “creo” no afirmo.

Puede que sea así, no estoy muy puesto en derecho. Yo lo incluí así. Posiblemente como lo hice con el límite de edad (18 años) eso pudiera ser perfectamente factible. Ignoro si la idea que me ronda de elevar la edad a 25 me notificaran que no es posible por lo que usted comenta.

También ignoro si en Catalunya (de donde soy) se aplique un código civil distinto que el castellano como ya pasa como cuando uno contrae matrimonio que por defecto con el Códig Civil Català es por separación de bienes mientras que en el resto de España (creo) es por gananciales.