Si se imaginase la cantidad de gente que hace esto y no es consciente…
Estoy convencido de que por ejemplo el 99% que usa Degiro para comprar acciones, ni sabe que tiene que rellenar ese modelo.
No ha habido nunca sanciones por el d6, el año que vienen ya sabe, pero tranquilo.
@camacho113, @Quilem Sí, yo creo que hay mucho desconocimiento sobre el tema, en declarar las adquisiciones o ventas de criptomonedas que se hagan. ( las criptomonedas tiene que ser un descontrol impresionante por desconocimiento, con respecto a rellenar el modelo D6). Me voy hacer un manual, donde me explique para mí este tipos de cosas, D6, 720, plusvalías, minusvalías, etc. y tenerlo de guión para hacer la declaración, así es que me toca invetigar/estudiar estos temas.
Muchas gracias por vuestras respuestas.
Efectivamente, no se han aplicado, pero no hay que olvidar que están tipificadas y cuantificadas, así que en cualquier momento podrían aplicarse con todas las de la ley.
No puedo citarle ahora la referencia, pero en un consultorio fiscal, en respuesta a este tema, se comentó que por prudencia y evitar males mayores con las interpretaciones de la AT se aconsejaba declararlas, pero que además para el próximo ejercicio (2021, a declarar en 2022) estaba ya redactada una modificación de la norma específica para criptomonedas.
Arrayua, Merlin no ha pagado dividendos, lo que ha hecho es una devolución de prima de emisión, que lo que hace es reducir el valor de compra de las acciones, por lo que no tienes que declararlo en renta, salvo que la prima sea mayor al valor de compra, en cuyo caso sí que habría que declarar la diferencia como capital mobiliario sin retención. Saludos
Un millón de gracias!
Tengo bastante intriga por saber qué significará exactamente declarar, será un modelo nuevo? Se declarará en la renta? Se utilizará el 720 sumando las crypto a otras posibles inversiones como acciones de IB?
En caso de usar el 720, este truco que comenta @camacho113 parece plausible… Porque realmente no están en el extranjero, pero no sé muy bien si una Wallet personal se considera extranjero al no estar informada la hacienda española.
¿Usted si tiene oro en su casa lo declara?
Si lo tiene custodiado por un tercero, entiendo que sí. Si lo tiene en su casa, probablemente ni el Estado sepa que usted lo tiene.
Pienso que es exactamente el mismo ejemplo.
Buenos días a todos y gracias de antemano.
Me surgen dudas al mirar unas cuentas anuales en el apartado resutlado global consolidado.
Estoy intentando aprender a analizar y en el caso de las CCAA de Grifols no se como interpretar dicho apartado.
Dicho de otro modo, esas pérdidas en 2020 de dif. de conversión que son mayores que el beneficio del ejercicio, ¿porque no están en resultado y “van a ser reclasificadas”.?
Muchas Gracias!
Hola, ¿podéis explicarme cómo enviar mensaje privado a un miembro?
Muchas gracias Daniel !
El D6 aplica a criptomonedas? yo he visto videos de asesores y nunca han comentado nada del D6. Siempre dicen que si tu compras y no vendes, no hay que hacer nada, a no ser que pases de los 50k en un exchange o superes una media de 50k en los ultimos 3 meses que tocaria el 720, pero como digo no comentan nada del D6.
Saludos cordiales.
Para consultar gráficos utilizo Investing.com, pero me gustaría que me indicaran otros portales que le parezcan interesantes.
También los de uso sencillo aunque den menos información.
Gracias.
Buenos días desde Valencia a @Buso y al resto de compañer@s:
No se si la conoce, yo utilizo “Teletrader”, me resulta muy interesante, para analizar datos cualitativos de fondos (desgraciadamente no están todos los Fondos, sobre todo los de ISIN Español), puede consultar entre otros ratios el máximo Drawdown.
Pongo el Fundsmith Equity Fund T EUR Acc|LU0690375182, como ejemplo.
Ya me dice si es de su interés.
Un saludo de JEVIVI
Gracias. Lo miraré con paciencia.
Últimamente estoy también con koyfin.com, me está gustando mucho
Hola buenas, es el primer año que me toca declarar con IB y tengo alguna duda. He descargado el PDF del apartado “Documentacion fiscal de 2020” y los dos informes de “Declaraciones de informacion fiscal para el año 2020”. Me gustaria que me aclaraseis cual debo mandarle a mi gestor.
Este año se que tengo que hacer la declaracion porque he realizado dos ventas con plusvalias pero, ¿Si por ejemplo el año que viene solo realizo compras, sigo con la obligacion de enviar el informe fiscal?
Otra duda, he empezado a construir una cartera DGI, imagino que el mero hecho de recibir dividendos de empresas extranjeras ya es motivo suficiente para informar al fisco.
Muchas gracias a todos.
Gracias. tiene buen aspecto.