Mi visión particular de la inversión por dividendos

Los dividendos son ingresos que computan como rendimientos del capital mobiliario y hay que añadirlos en la base imponible del ahorro en la declaración de renta.

Hay 3 tramos: hasta 6.000 pagará el 19%, de 6.000-50.000 el 21% y + de 50.000 el 23%
Cada vez que cobre un dividendo por defecto su broker le retendrá el 19% y será cuando haga la declaración de renta el momento de hacer los números de verdad.

Pero eso son los impuestos que se pagan en España. Cada país tiene su fiscalidad y es diferente como comprobará. Una cosa con el que la gente se lía. Es indiferente de donde sea su broker, lo que marca la fiscalidad de una acción es en el mercado que cotiza. Si la acción es española usted sólo recibirá una retención (la española) pero si es extranjera tendrá dos (la de origen + la española). Veamos tres ejemplos (siempre partiendo de la base que usted utiliza un broker que opera en España como por ejemplo uno muy habitual como ING):

  • Usted cobra 100 Euros de un dividendo del Santander. Como cotiza en el mercado español le harán una retención del 19% (19 Euros)
  • Usted cobra 100 Euros de un dividendo de JNJ. Como cotiza en USA y es no residente le retendrán un 15% del fisco americano (15 Euros) y después como es residente en España un 19% (ojo, muy importante, no de los 100 Euros sino de los 85 que quedan) por lo que le retendrán 16,15 Euros más.
  • Usted cobra 100 Euros de Nestlé. La fiscalidad suiza es del 35% por lo que le quedan 65 Euros de los que le retendrá el Estado Español el 19% (12,35 Euros más).

España tiene firmados convenios con casi todos los paises de una imposición para residentes españoles del 15%. Eso en teoriía debería significar que a los que residimos en España sólo nos deberían aplicar esa retención, Curiosamente USA (como Holanda) si aplica ese acuerdo, en cambio la mayoria de esos paises de la Unión Europea no lo hacen (Alemania, Francia, Italia, Portigal, etc).

Y como regulamos todo eso? Al hacer la declaración de renta al año siguiente y declaremos los dividendos le tenemos que decir a Hacienda aquellos en los que nos han aplicado dos retenciones. De este modo nos las devuelven pero siempre con el límite máximo del 15% (que es el convenio firmado) y con matices pero para que se entienda el concepto.

En paises como Alemania, Francia, Italia etc que nos han retenido más del 15% estipulado puedes pedírselo directamente a sus haciendas pero es engorroso, costoso y en algunos casos imposible, así que suele ser una pérdida de tiempo.

Por ello, el efecto fiscal debemos tenerlo en cuenta en nuestras inversiones. No hay problema en USA, tampoco en Holanda y menos en UK (donde no hay retención de origen) pero sí en otros paises (aunque menos que si fueras residente de ellos).

No soy un experto fiscal pero espero haberte ayudado. Te dejo un link:

https://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/2754760-como-tributan-dividendos-extranjeros

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