Más allá de +D y de este mundo

Estoy de acuerdo en la respuesta que nos ha dado @Pasivoman. Un saludo.

No recuerdo en qué podcast lo escuché: los planes de pensiones (y los seguros unit linked) los utilizan para dejar a las “queridas/queridos” algo de herencia. En este caso, lo de menos es la fiscalidad…

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Yo tengo uno (unit linked en forma de seguro y que invierte por medio de Finizens, como un roboadvisor), pero me falta la querida.

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Otra posible alternativa diferente a lo de autorizar a alguien creo que podría ser:

  • Apoderamiento (general) preventivo en sentido estricto, en previsión de incapacidad del poderdante.
  • Autodelación de la tutela para previamente a la situación de incapacidad “sugerir” la designación del tutor llegado el caso.

Ambos documentos se formalizan mediante escritura pública en Notaria. Al ser documentos sin cuantía son bastante baratos. Como todo aquello del mundo del derecho, supongo que ambos tendrán todo tipo de sutilezas y particularizaciones en función de lo que se pretenda conseguir y bajo qué circunstancias, pero quizás a alguien le interese.

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Una buena gestora, realmente enfocada en satisfacer las necesidades del cliente y buscando ampliar mercado, aqui tiene una brillante idea para lanzar un nuevo producto: pack producto de inversion + ese extra picante que ya se imaginan ustedes :joy:.

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El seguro en forma de unit linked es con Caser.

Lo que de verdad nos hace felices

Es uno de mis temas favoritos de estudio, tal vez quiere decir --¿ que no he llegado al Nirvana ?

La felicidad es transitoria, sube y baja, el artículo da una de las claves más importantes, las relaciones que tengamos tienen mucho que ver con nuestra felicidad, o la ausencia de la misma.

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Buenas tardes,

Como bien indica @Pasivoman la plusvalía del muerto tiene su trampa, por que si es de padres a hijos en una Comunidad como la de Madrid genial, pero en el momento en que sea entre hermanos o en otra comunidad…se convierte en un pico, porque por mucho que no haya impuesto por las plusvalías, el impuesto de sucesiones se aplica al total.

Desgraciadamente, por experiencia, yo recomiendo repartirlo en varios activos con propiedades fiscales diferentes. Cobrar todo por sucesiones puede ser un problema grande, porque para poder pagar la parte de sucesiones tienes que tener el dinero de antemano suficiente para poder pagarlo. Actualmente algunas comunidades permiten cobrar seguros de vida y demás aunque no tengas el dinero suficiente para pagar el impuesto de sucesiones solo si es para hacer frente a dicho impuesto.

Los planes de pensiones, las rentas aseguradas vitalicias y otros vehículos tienen la ventaja de que si tienen asignados los herederos no tardas tanto tiempo en poder disponer de ese dinero como el que se tarda en disponer por ejemplo de las acciones o fondos de inversión que van por la parte de sucesiones. En mi caso, mi familiar tenía unas RAV´s que aunque no son los vehículos mas eficientes la Comunidad de Madrid nos permitió cobrarlas antes y gracias a ello poder pagar el impuesto de sucesiones con menos dificultades.

Supongo que cada Comunidad tiene sus propias normas, así que no lo toméis al pie de la letra.

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La ventaja de la plusvalía del muerto es igualmente aplicable en Madrid que en el infierno fiscal catalán.
Si usted vende sus acciones antes de fallecer pagará la plusvalía y luego sus herederos pagarán por el dinero que reciban.
Si heredan sus acciones, sólo pagan por el dinero que han recibido en acciones. Las plusvalías se anulan.

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Muchas gracias @Luis1 por explicarlo y dejarlo claro.

A lo mejor no lo expliqué bien del todo. Por trampa me refiero a que parece algo positivo (y por su puesto es algo positivo) pero en muchos casos sería mucho mejor pagar una plusvalía por los beneficios y no pagar el impuesto de sucesiones en su lugar, sé que no existe esta posibilidad que digo.
Os pongo un ejemplo: Si un sobrino, o un sobrino nieto heredase en la Com. de Madrid unas acciones o unos fondos y pongamos además un piso. El impuesto de sucesiones se le puede quedar entre un 25% y un 30% sobre el valor de lo que hereda. En este caso, sería mucho mejor (si existiera la posibilidad, que repito: no existe) pagar las plusvalías de las acciones o fondos en lugar del impuesto de sucesiones.
Cuando digo que tiene trampa, es por que se puede llegar a pensar que evitando pagar plusvalías vas a pagar mucho menos, y al final se te queda peor al tener que pagar el impuesto de sucesiones. Evidentemente, mucho peor sería tener que pagar plusvalías y sucesiones por lo mismo.

Un saludo.

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Hoy hemos dado el paso, por fin, tras tantas parálisis por enfermedades, de dejar las cosas por escrito ante notario, registrado en breves, con un plan A, un plan B, plan C y, entre tanto documento, un testamento digital, anexo de últimas voluntades, de forma que si alguien (elegido por mi como albacea y ejecutor de las mismas) entra con mis claves a este foro y algún otro, será porque ya no puedo asistir ni siquiera digitalmente a tan sabrosos debates.

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