Justificación de los dividendos internacionales a AEAT

Originalmente publicado en: Justicación de los dividendos internacionales a AEAT – Así es (si les parece)

En los últimos años hemos recibido, yo y mi mujer, solicitudes de parte de Hacienda para justificar los dividendos extranjeros, dentro del proceso de presentación de la declaración de la renta.

Voy a compartir la forma con la cual gestiono esta solicitud, que, obviamente, no tiene porqué ser la mejor, sino simplemente una forma que ´AEAT ha aceptado en los años pasados, y ya veremos este año, si la alegación que acabo de presentar, funciona como las otras,

Lo primero que hay que decir es que el año pasado tuve dividendos extranjeros con un Broker Internacional (Interactive Brokers) y uno nacional (ING)

Lo que pide Hacienda es que se justifique la doble imposición internacional declarada (Casilla 588 de la declaración), aportando justificantes.

Los justificantes que aporto son los extractos del Banco/Broker.

En el caso del banco nacional no hay problemas, mientras que con Interactive Brokers, ya empezamos a ver que los dividendos aparecen en varios extractos (Informe de actividad o informe de dividendos), y ya tenemos una pequeña decisión que tomar.

Prefiero utilizar el Informe de Dividendos porqué este informe detalla los dividendos recibido por país y esto es muy útil cuando haya dividendos percibidos en países sin retención en origen y otros con retención.

¿Como se consigue el informe de Dividendos?

Prefiero descargar la versión HTML que es desplegable así, puedo volcar en un PDF solo las partes del documento que me sirven, que son tres:

Esto es el documento que uso para hacer la declaración de la Renta, y desplegado en la forma que he comentado, que presento en mi alegación, a petición de Hacienda.

Está en Ingles y no he encontrado forma de conseguirlo en castellano, y además los dividendos pueden estar repartidos en varios conceptos, lo cual no lo hace muy sencillo, por lo cual considero útil añadir una documento de explicación que ayude al funcionario a entender `donde se han originado los importes de dividendos que he incluido en mi declaración, junto con la traducción de los conceptos que presento.

A continuación voy a presentar la guía que he añadido a los extractos de este año por si a alguien pueden ser útil como referencia

Después de esta introducción presento una tabla que resumen los importes que componen los dividendos incluidos en la casilla 29 que son todos los dividendos brutos recibidos independientemente si son dividendos nacionales o internacionales y recibidos por bancos españoles o Internacionales

Evidentemente los dividendos recibido a través de bancos españoles aparecerán en los datos fiscales de la AEAT y tendrán su retención en destino que será incluida en esta casilla

Como se ve, detallo el diferente tipo de dividendos que aparecen en el informe de IB, con su traducción.

Lo que aparece en la columna del Total coincidirá con el importe indicado en la casilla 29 de la declaración.

Pasamos a la casilla 588, que es la de la doble imposición internacional

Lo que hago aquí es detallar, por cada cuenta, los dividendos recibidos en los países que practican retención en origen.

Por ejemplo, en la cuenta 1, pongo el importe de los dividendos brutos cerca de una leyenda (D) + (E) Canada que pongo de la misma forma en el PDF del extracto de dividendos de IB, para que quede claro cual es la origen de ese importe.

El total será equivalente a los dividendos brutos recibidos al extranjero, en los paises que aplican retención.

Lo mismo hago después para las retenciones practicada en origen:

Estos importes Totales (Dividendos Brutos de los países que practican retención y las retenciones en origen, deberán coincidir con el importe incluido en la casilla 588 de la declaración.

Este año he encontrado muy practico, preparar este modelo de justificación al mismo tiempo que preparaba la declaración. Es obviamente mucho más rápido hacerlo al mismo tiempo que volver a buscar los datos a posteriori.

Considerado que la tendencia de Hacienda es extender la petición de justificación en los últimos tiempos, he pensado que valía la pena dedicar algunos minutos más para preparar la justificación mientras hacia la declaración, por sI acaso.

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Gracias @Fabala por la detallada explicación, no me ha sido necesario aún.
Estas aportaciones personales que facilitan la vida a otros, junto al nivel de sus escritos dan una medida de su generosidad y del lugar (virtual) donde nos encontramos.

Gracias por el tiempo y esfuerzo por ser muy claro.

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Muchas gracias @Fabala por su explicación.
De momento solo compro acciones con buenos dividendos nacionales, pero supongo que en algún momento me tendré que plantear comprar empresas de fuera de España

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Muchas gracias @Fabala lo guardaré como oro en paño para la declaración del año próximo ( mi primera declaración con el broker IB).

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Éste es un post para guardar. Muchísimas gracias!!!

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Yo ya llevo 2 años consecutivos presentando alegaciones, tanto por dividendos como por ganancia patrimonial por la compraventa de acciones. En IB voy al apartado de extractos y allí tengo una plantilla manual para poder tener el informe en castellano, ahora no recuerdo si era con los dividendos o con el patrimonio que Hacienda requería que estuviese en castellano. Personalmente no he tenido problemas mayores, eso sí, siempre poniéndolo todo masticado, lo que es cada concepto y a qué divisa corresponen las cantidades.

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Muchas gracias @Fabala . Me parece muy importante hacer la justificación junto a la declaración para que luego no haya errores. Gran trabajo!!

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Un escrito de lo más útil , @Fabala , francamente está de diez!

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Es un aprendizaje después de haber visto que, sobre todo con declaración a devolver, hay bastante probabilidad que pidan información.

Muchas gracias @jvas, intuía, por lo que estoy leyendo en el Fintwit, que es un tema que genera bastante reacciones.
Me acuerdo de la sensación de ansiedad que tuve el primer año que me pidieron algo, no sabiendo si lo que aportaba era suficiente.
Esa sensación la sigo teniendo un poco, dándome cuenta que si quieren fastidiar, tienen todos los medios para hacerlo.

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Aquí está la alegación para mi mujer, mucho más sencilla ( una sola cuenta con solo acciones de USA) y se puede ver la parte del extracto de dividendos donde se han originados los importes declarados.
El primer documento es la nota explicativa y el secundo el Extracto de Dividendos de IB


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Muchas gracias, @Fabala, esto únicamente afecta al tener las acciones en un broker extranjero verdad? es decir, si las acciones las compras a través de la cuenta accionista en mi caso del Santander toda esta información volcaría automáticamente a hacienda no?

Puedo saber que comisiones os cobran en Interactive Broker? En Santander me cobran un 0.2% con un mínimo de 20€
Gracias

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Supongo que en el caso de broker nacional, en principio, la información la tienen disponible por lo cual sería más difícil que pidan justificación.

Depende del mercado; puede consultarlo en su pagina
En el caso de compras de pocos centenares de €, es mejor optar por la estructura de comisiones por niveles y, en este caso las comisiones, para el mínimo, podrían estar entre 5 o 50 veces más baratas del mínimo del Santander que comenta, en función del mercado.
Para ordenes más importantes es mejor tener una estructura de comisión fija.

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Efectivamente, menos mal que aun estoy en fase, recopilación de información y aun no he entrado en fase operativa, pero si, luego lo he pensado un poco…y si hago compras recurrentes mensuales a ver como levanto esas comisiones entrando con pocos centenares.

Pero me asusta el tema del modelo D6, la doble imposición y pensé,… bueno y si lo hago desde una cuenta nacional?, pero las comisiones son muy elevadas.

Gracias por la respuesta

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Mi mujer ha recibido su devolución la semana pasada.

Yo sigo esperando a Godot…

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¿Seguro que es más rentable la fija para grandes operaciones? Realmente hasta 300 mil acciones en Estados Unidos, que debe ser un valor muy superior a unos centenares de euros, sigue saliendo a cuenta la de niveles, aunque no incluyan las comisiones de las bolsas

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No he hecho cálculos comparativos; es un opinión sobre lo que me imagino, mirando muy por encima.

Al principio tenía estructura de comisión fija y lo que si he notado es un cambio significativo a menores costes para mi operativa, que no es de grandes importes, pasando a estructura por niveles.

Supongo que dependerá mucho si uno compra más acciones de bajo precio o alto precio, porqué, si no me acuerdo mal, el número de acciones influye en las comisiones.

Se trata de hacer comprobaciones sobre la base de lo que un inversor utiliza con más frecuencia.

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Buenas Fabala, gran aporte. Cuando dices “Por ejemplo, en la cuenta 1, pongo el importe de los dividendos brutos cerca de una leyenda (D) + (E) Canadá que pongo de la misma forma en el PDF del extracto de dividendos de IB, para que quede claro cual es la origen de ese importe” no he entendido bien que significa cada letra del paréntesis. Y otra pregunta, ¿la retención que cobran en IB por la empresas españolas se tienen que poner tambien en la casilla 0588?

Muchas gracias de antemano.

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Son simplemente una descripción de la origen de cada importe que pongo en el documento explicativo y en el extracto:
si, por ejemplo he recibido 100€ de dividendos ordinarios, pongo una letra cualquiera al lado de ese importe en el extracto, y la misma letra al lado de los 100€ que pongo en mi documento de resumen. Podría usar asteriscos o cualquier otra forma para relacionar la origen de un número.

Creo que No, porqué en caso de residentes fiscales españoles la retención en origen y destino coinciden, por lo cual no hay nada de doble imposición.
En este post que explica como declarar los dividendos, también tienen la misma opinión (hacia el final del artículo)

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Más tarde que otras veces pero el proceso ha finalizado…

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sobre este tema de las revisiones que hace la AEAT de la deducción por dividendos extranjeros; estrictamente, solo se permite deducir lo que marque el correspondiente convenio de doble imposición entre los países, que suele ser el 15%. Desconozco si en este detalle se está teniendo en cuenta en la metodología propuesta.

Esto no da problemas en EE.UU o UK, que están más “avanzados” que la fiscalmente voraz Europa continental, pero en Francia, Portugal, Alemania, Suiza, por citar casos de países de los que he recibido dividendos, sí hay problemas . Así, del 28% alemán (cito de memoria) o el 35% portugués, debería deducirse solo el 15% y el resto te dicen que se lo reclames al correspondiente país, proceso prácticamente imposible por la cantidad de papeles que piden. Esta es la razón de ser de las revisiones de la AEAT.
La información que aparece en mi declaración de los intermediarios españoles además suele estar mal -ya sabemos que lo retenido en origen no aparece-, porque ponen como bruto el neto que ha llegado a España después de la retención en origen, y es sobre este neto sobre lo que retienen el 19% español. Pero en principio hay que declarar el bruto en origen.

A mí solo me han solicitado la documentación 1 año, y sospecho que tienen algún tipo de algoritmo automático donde si detectan que la deducción por doble imposición supera un máximo en porcentaje sobre los dividendos de otros países, les salta la alarma.
Y en la revisión que me hicieron, pues aluciné: tomaron el bruto total que aparecía en el informe que les envié, las retenciones en origen, y como superaba el 15%, ya que había dividendos gordos de acciones de la Europa continental con elevada retención, me corrigieron la declaración bajándome lo deducible. Pero ojo, es que en el informe había acciones españolas; ni se molestaron en revisar dato a dato, porque deberían haber bajado más lo que tendrían que haber devuelto.

Con esta anécdota, quiero señalar que está muy bien entregar toda la documentación posible, pero que los señores funcionari@s tiran por la calle del medio y no se complican mucho la vida.

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