Tengo perfil de profesional en IBKR y puedo seguir comprando los CEFs y los ETFs.
En la cuenta donde no tengo ese perfil lo que hago es comprar los ETFs que me interesan, y no son accesibles para los no profesionales, vía venta de Put.
Esta modalidad sirve solo para los ETFs americanos que tienen opciones disponibles, mientras que los CEFs desafortunadamente no tienen opciones.
¿Y si eso se hace con los sobrinos cercanos o lejanos e hipotéticamente le transfiero a mi hermana o a mi prima 120 euros mensuales habría que declarar a Hacienda esos 1.440 euros anuales por donaciones o Hacienda entiende que 120 euros al mes está dentro de los usos y costumbres entre hermanos o primos y no es necesario declararlo?
Si hipotéticamente la invitará a comer cada semana en un restaurante bueno gastaría unos 2.500 euros anuales en ella y no habría que declarar nada, pero prefiero invitarla menos veces en restaurantes y que sus hijos vayan invirtiendo desde pequeños.
Editado: estoy interesado porque por una parte no es apetecible tener siempre como socia a Hacienda; por otra parte, dura lex, sed lex. Sin embargo, si cada domingo se le da a un sobrino quince euros, Hacienda se desentiende. No sólo que no se entera, sino que la paga semanal de un chaval… Otra cosa sería comprale a un sobrino un coche de 20.000 euros cuando cumpla los dieciocho años, pero no es lo mismo regalar un coche que llenarle el depósito cada semana.
Creo entender que de acuerdo a nuestro codigo civil 142 , dar a un hijo dinero ( en concepto de “pension alimenticia” , que ademas de alimentos incluye muchas mas cosas ) , aunque sea mayor de edad, siempre que no tenga ingresos para subsistir por si mismo , es una obligacion y no se considera donacion , ni ingresos a declarar a hacienda.
La pensión de alimentos abarca “todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica. Los alimentos comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aún después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable.”
Tal vez si se le da un coche utilitario por necesidades de desplazamiento basicas pueda considerarse “pension” .
Todo dependera , de la interpretacion neuronal del funcionario de turno.
Según ChatGPT (¿cómo no se me ha ocurrido antes preguntarle?) estrictamente sí es una donación y se debe tributar. Añade que transferencias tan pequeñas entre familiares se vigilan poco.
El importe a tributar en la Comunidad Valenciana para 1.440 euros anuales sería este:
Hermanos (Grupo III) → hoy: ~175 € de impuesto. A partir de 2026-27, gracias a bonificaciones, bajará (≈130 € en 2026, ≈87 € en 2027).
Primos (Grupo IV) → ~220 € de impuesto (sin previsión de bonificación autonómica).