Preguntas y peticiones varias

Saludos cordiales, @Ciervo.

Entre las opciones que Vd. protege la más rentable para Vd. es el préstamo por parte de un familiar, otro tenga en cuenta que sí debe devolverlo. Aunque sea fácil evitar su devolución real eso es una infracción fiscal.

Sin embargo, hay una posibilidad más que yo no sé si es conveniente, pero Vd. sí puede analizarla.

Hace poco en un programa de la tele repetido el mediático profesor Gonzalo Bernardos infusió en buscar entidades serias que dan créditos on line con intereses más bajos.

Consulte estás noticias:

Y recuerde: los bancos solo negocian si les presenta una oferta mejor que la que ellos ofrecen.

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Yo creo que si el familiar obtiene más rentabilidad prestandoselo a usted que lo que obtiene en la actualidad, me decantaría por pedirle 100k al familiar y pagar el resto del importe con ventas de activos.

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Hola a todos, aprovecho a presentarme ya que este es mi primer mensaje en la comunidad.

Llevo leyendo el foro de forma intermitente varios meses y la verdad es que veo que hay mucha sabiduría de inversión y contribuciones con las que he aprendido mucho, así que me he decidido a poner aquí mi cartera actual para ver si se le ve sentido a mi enfoque de inversión y recibir posible feedback/sugerencias.

Tuve una tímida incursión en la inversión en fondos hace unos años que me sirvió de primera experiencia de novato, posteriormente me deshice de ellos para comprar una vivienda.

Ahora tengo 41 años y estoy aún con la hipoteca pero desde el año pasado me veo con capacidad de ahorro extra así que me he creado una cartera de fondos de inversión con idea de ahorrar para la jubilación o complementar una posible prejubilación si se diera el afortunado caso, o como ayuda si me quedara en paro en una edad avanzada. Cuando en unos años termine la hipoteca espero poder aportar más aún a la inversión.

Mi formación ha sido con alguna lectura básica (los 4 pilares de la inversión) y mucho material de Internet (foro de Rankia, vídeos de Patrimonio prudente ,algún podcast, blogs, y los vídeos de Ben Felix que me parecen acertadísimos). Y mi idea de inversión es basarme en una inversión indexada con alguna pequeña ponderación a algún factor y con los años no vería mal añadir algún otro activo descorrelacionador como Oro o Long volatility.

Así pues mi idea es partir de una cartera estática 70%RV 30%RF para estos primeros años y con los años ir disminuyendo la asignación a la RV con algo parecido al famoso RV=110 - Edad y en la parte defensiva a medida que pasen los años y baje la RV tal vez añadir un pequeño porcentaje de oro o Long volatility.

Esta sería la implementación en fondos de mi cartera:

RV: (70%)
48% Global desarrollados indexado LU0996182563 Amundi Index MSCI World AE-C
7% Emergentes LU1648457452 Robeco QI Emerging Markets Enhanced Index Equities D €
7% Growth de calidad IE00B2NXKW18 Seilern World Growth EUR U R
8% Small Value ES0141116030 Hamco Global Value Fund R FI

RF: (30%)
16% RF global div cubierta indexado: LU0389812933 Amundi Index J.P. Morgan GBI Global Govies AHE-C
8% RF EUR ligada inflación: IE00B4WXT857 iShares Euro Government Inflation-Linked Bond Index Fund EUR
6% Monetario: LU0423950210 BNPP InstiCash EUR 3M Std VNAV Cl Cap

Como se ve es una cartera en gran parte indexada con los pequeños sesgos activos (un 15%) que aportan el Seilern y el Hamco, con idea de obtener cierta exposición al factor Calidad y al factor Small Value, ya que que yo sepa no existen fondos de inversión indexados para obtener dichas exposiciones (no quiero ETFs de momento al menos). El Robeco de emergentes soy consciente de que es un fondo activo también pero busca tener un comportamiento muy cercano al indexado.

Sigo dándole alguna vuelta a dos cosas:
1-al fondo Seilern World Growth, que por un lado me gusta que tiene menos peso de las FAANG que el indexado pero por otro lado tiene mucha correlación con él y valoraciones caras, y no descarto quitarlo del todo y simplificar aún más la cartera o sustituirlo por un fondo más value como el Heptagon Yacktman que tal vez diversifica más con el indexado global.

2-A los pesos exactos a asignar dentro de la parte de la RF entre los tres fondos que tengo.

Pero en esencia espero quedarme en algo parecido a esto

Se admite cualquier sugerencia/aportación, y ruego disculpas por haberme extendido tanto en el mensaje. Que tengan buena semana.

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Muchas gracias por la respuesta. Efectivamente es préstamo registrado en Hacienda y con contrato, además lo devolvería en 5-6 años.

Miraré algún broker de hipotecas, pero en sitios algo más alternativos como Myinvestor veo que son prohibitivas igualmente.

Gracias por responder. Totalmente, es dinero parado actualmente, osea que un interés de 2-3% anual sería un win-win para ambos. Y con eso me evito los gastos de la hipoteca.

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Yo en su día compré mi piso con un préstamo de mi padre para financiar una parte de la compra y fue un win-win de manual, sin duda le animo a ir por esta vía.

Eso sí, ya le avanzo que AEAT observa con lupa estas operaciones y hay que ser muy escrupuloso para hacerlo todo correctamente, ya que poco antes de que pasasen los 4 años de prescripción recibí una atenta misiva de Hacienda pidiendo que les aportase toda la documentación para revisar cómo se había realizado el préstamo, acreditar el pago de intereses…etc.

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Así es @renta. Hay que documentarlo y liquidarlo pues aunque ahora no se puede desgravar por la adquisición de vivienda, ( en su día, se permitía deducir un 15% de las cuotas de capital y de los intereses, en la declaración de la Renta), quizás en los próximos meses haya alguna ayuda para los prestamos con destino vivienda , según he oído comentar.

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No tengo noticia de que haya ocurrido, pero es teóricamente posible que, de no documentar correctamente, una comunidad autónoma pueda considerar que no hay préstamo, que en realidad se trata de una donación.
Con la consiguiente sujeción al impuesto de donaciones.

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Saludos cordiales.

¿Estos préstamos entre particulares deben formalizarse obligatoriamente con intereses o pueden ser al 0 %?

Así es. Entiendo que la documentación necesaria para justificar la devolución del préstamo son los justificantes de las transferencias.

Debe de haber un contrato de préstamo, presentado en la Comunidad Autónoma, incluyendo un calendario de pagos y, evidentemente, los justificantes de pago.

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Entiendo que debe de haber un porcentaje de interes pactado (al menos en mi caso así era) por un doble motivo: por un lado acreditar que realmente es un prestamo y no una donación y por otro retribuir realmente a tu familiar con esos intereses por el prestamo del capital, ya que ya de estar abocado a formalizar un prestamo y abonar intereses, mejor hacerselo a tu familiar y no al banco X…

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En realidad se pueden formalizar créditos sin intereses. Los requisitos son mínimos, que quede registro documental de la devolución - via transferencia bancaria-, y que la cantidad a devolver mensualmente no sea tan ridículamente pequeña que constituya una tomadura de pelo. Por mucha manga ancha que tenga la admon en este tema, a nadie le gusta que lo tomen por tonto.

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Se pueden formalizar prestamos con y sin intereses entre particulares. Obviamente si es con intereses el prestamista tiene que declararlo en su Irpf los intereses percibidos. Para que Hacienda no lo considere donacion hay que hacer un contrato indicando importe plazo y forma de devolucion… etc. Y lo más importante presentar el modelo 600 por el prestatario adjuntando este contrato antes de los 30 días

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Me alegra que de esta forma se haya puesto de relieve esta forma de préstamo entre particulares, que a veces es un poco desconocida. Y como dice Luisep, la importancia de presentar ese modelo 600 en Hacienda.
Personalmente, como Hacienda es tan de modificar criterios incluso retrospectivamente, preferiría hacerlo con una tasa de interés aunque no sea muy elevada. Para que luego no interpreten con alevosía que era una donación encubierta.

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Donación sólo sería en el caso de no devolver el principal. Si es un préstamo sin intereses, sigue siendo préstamo, importante entregar copia de contrato y modelo 600 en Hacienda. En el contrato debe figurar calendario de pagos para devolver el principal y con eso se ve que es un préstamo.

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Yo recibí un préstamo familiar de esta forma, y además de todo lo recomendado aquí (firmar un contrato entre las partes y presentar el modelo 600 a Hacienda lo más importante),también nos aconsejaron que en las cuotas de devolución en todas pusiera el mismo concepto en la transferencia, algo como por ejemplo “Devolución Préstamo”, “Devolución Préstamo Familiar”, “Devolución Préstamo Vivienda” o algo así, que quede claro lo que son las cuotas.

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¿Y que pasa si por circunstancias sobrevenidas y no previsibles no se puede acabar devolviendo el principal ?
Ademas, a el prestamista no le importa que no se lo devuelvan.

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Si no se hace nada, pueden ocurrir estas dos situaciones:

  • le reclamarán al prestamista liquidación del impuesto de patrimonio si ha dejado de incluir el préstamo como bien de su patrimonio.
    . le reclamarán impuesto de donaciones al prestatario por la cantidad no devuelta ni exigida judicialmente.
    Para que no pase nada de esto: documento de ambos elevado a público de renuncia a la devolución del préstamo con liquidación y pago del impuesto de donaciones.
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Estoy oyendo hablar sobre las “OPAs” y por ejemplo, el fondo en el que invierto, el Cobas Internacional, parece que sale beneficiado por esta operación. No acabo de entender de qué se trata y por qué puede beneficiar a un fondo como el CI. ¿Alguien me lo puede explicar en plan sencillo?

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Lo que yo entiendo como respuesta a su duda es lo siguiente

Pongamos que Cobas ve una empresa, la analiza y calcula o cree que vale mas de lo que se paga en el mercado. Su valor es superior al precio de la acción.
En estas condiciones la compra y espera que el mercado reconozca su valor, para llegado el momento venderla
Mientras espera aparece otra empresa que ya sea para crecer o porque considera a la empresa adquirida por cobas complementaria a la suya se interesa para comprarla, pero no unas pocas acciones si no para dominarla o absorberla. Entonces lanza al mercado una OPA , oferta publica de adquisición, de forma que ofrece un precio de compra por esa empresa Y da un precio por acción.
Las OpAS, no siempre, son una forma de reconocimiento de valor de la empresa y quien tiene las acciones puede acudir a esa oferta y venderles todas las acciones que tiene si está de acuerdo con el precio ofrecido, cerrando así el proceso de inversión que hizo al comprarlas.
A veces las OPAs no son justas y el tenedor de las acciones no las quiere vender y entonces en función de las fuerzas de cada uno la operación aumenta en complejidad.

Fondos como el Magallanes micro que localiza buenas empresas pequeñas, a medida que destacan o crecen vienen peces mas grandes a adquirirlas, y si el precio es bueno la operación sale bastante bien, aunque muchas veces el gestor hubiese preferido que no hubiese ocurrido tan pronto porque para él la proyección de futuro de esa empresa era muy buena y quizá se podría obtener mejor precio por su valor en un futuro.

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