Leí un artículo diciendo que sí, que hay que presentarlo pero es algo tan habitual (tener acciones extranjeras a 31/12) y no había oído hablar del tema más que en este artículo que tenía mis dudas.
Además, he empezado a cumplimentarlo (sin saber muy bien cómo hay que presentarlo) y está siendo un poco coñazo.
¿Lo habéis presentado vosotros?
¡Gracias como siempre!
Es cierto que que es habitual tener acciones extranjeras, sobre todo en este foro, pero, como le indica @Manolok, eso no implica la obligación de presentar dicho modelo, sino el broker con el que usted las haya comprado. En mi caso, por ejemplo, tengo más del 70% de mi inversión directa en acciones en empresas extranjeras, pero no tengo que presentar dicho modelo porque las he comprado con un broker nacional (SelfBank, en mi caso), que ya informa a Hacienda, lo que me exime de cumplimentar el D-6.
Efectivamente, depende del broker y no de la acción. Muchos foreros tenemos acciones o ETF extranjeros pero no nos afecta si lo tenemos en cuenta nacional, caso de Selfbank, ING, R4 … Otra cosa es IB o Degiro
¡Muchas gracias por las respuestas!
Las tengo en DEGIRO (quise ponerlo en el comentario pero al final lo olvidé) así que sí … al parecer me tocará pasar por el trámite.
Comento un detalle por si le sirve de utilidad a alguno dado que es mi caso, y parece que me toca presentarlo.
Tengo Degiro. No tenía títulos a 31/12, pero sí liquidez en el broker. Degiro, no puede mantener en una cuenta corriente el dinero de clientes, por lo que lo tiene invertido en fondos monetarios. Por lo tanto usted tendría títulos negociables en brokers extranjeros, por lo que debería presentar el modelo D6.
Como digo, es mi caso, sería la primera vez a presentarlo. Escribiré a Degiro para saber cómo tratar el caso. Si me proporcionan alguna información interesante, la comparto.
He enviado un correo a invespan@comercio.mineco.es alegando que no tengo firma electrónica y me han respondido lo siguiente: Puede presentarlo en el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo en Paseo de la Castellana 162, , 28046 Madrid de forma presencial o por correo administrativo ; o en cualquier registro público.
Por dar carpetazo al asunto y, por si ayuda a alguien, este es el resumen (for dummies) de mis pasos para NO tener que presentarlo telemáticamente:
Compensa realmente marearse por el ahorro de comisiones? No seria mejor un ING o selfbank que tienen comisiones altas de compra/venta pero no tienen ni comisiones ni custodia?
En las semanas pasadas he hecho dos compras paralelas en IB y ING con orden limitada al mismo precio de BX y APO para comprobar las diferencias de coste de compra, que queda alrededor de un 1,5% más en ING considerando comisiones y divisa.