Formas societarias para un negocio en ciernes

Buenos días a todos,

Les pongo en situación, planteándonos familiarmente la inversión como algo más amplio que la bolsa meramente, nos ha surgido la posibilidad de formar un negocio entre mi mujer y su hermano. Obviando los tópicos de que los negocios entre familiares son peligrosos, el primer escollo con el que nos hemos encontrado es definir de forma sensata cuál es la mejor forma societaria que nos podemos plantear.

El negocio es un local de venta a particulares y en ocasiones a empresas de producto no elaborado por lo que la responsabilidad a terceros no parece, a priori, un problema grave como para ir sí o sí a una sociedad limitada para evitar daños futuros sobre el patrimonio familiar.

Es aquí donde nos surgen más dudas, puesto que hablando con el asesor, éste nos indica que una Sociedad Civil de autónomos podría ser la mejor opción pero por más que leo acerca de ello veo más problemas que ventajas, sobre todo en lo que a fiscalidad se refiere.

¿Tiene alguno de ustedes experiencia con temas similares para enfocarnos un poco más hacia la solución?

Tengo pendiente una nueva reunión con el asesor pero esta vez quiero ir con la lección más aprendida para intentar tener todos los cabos atados.

Les agradezco de antemano su ayuda y les pido disculpas si no es el foro adecuado para ello.

Un saludo.

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Dado que el objeto de la sociedad va a ser mercantil la SC estará sujeta a Impuesto sobre Sociedades, por lo que no habrá diferencia fiscal entre actuar como SC o actuar como SL.

En otro orden de cosas la regulación legal de la SL es mucho más completa que la de la SC, con lo que seguramente sea más adecuada en caso de conflicto entre socios.

Un tema sobre el que no puedo opinar, pero que hay que tener en cuenta, es el de la distinta obligación de cotización a la Seguridad Social.

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Muchas gracias @Toti

Precisamente en esas estaba yo, que por más que lo veo y pese al mayor coste inicial y tiempo de formalización, creo que en el largo plazo una S.L. parece más adecuada. Máxime cuando a la hora de que cobren los socios por el trabajo que realicen, en la SC la única forma posible, al parecer, es mediante dividendos y para ello primero hay que pagar el impuesto de sociedades y luego la retención por dividendo por lo que no parece apetecible.

En cambio y si no lo he entendido mal, en una SL el socio puede elegir en función de varios condicionantes si se pone una nómina o factura a la sociedad por lo que a priori parece más lógico su funcionamiento.

Es por estos temas por los que me descoloca que luego en asesoría sugieran una SC…

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Hay que pedirle a la asesoria que argumente debidamente el porqué de su aparente preferencia por una SC.

Y pedirles una comparación concreta de dos temas: 1/ Retribución de socios y administradores y 2/ Cotizaciones a la Seg Soc

Des de que las SC con objeto mercantil están sujetas al Impuesto de Sociedades el tema de las retribuciones debería estar, en buena lógica, igual que en las SL. Pero en este país la lógica y las leyes no siempre van de acuerdo.Hay que verificarlo.

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