Cómo queda lo del 720

Buenas tardes, dado que no paro de ver cómo la prensa está dando la noticia sobre la Sentencia de la UE relativa al modelo 720, me gustaría aclarar que es lo que dice la Sentencia, por si a alguien se le ocurre pensar que este año no están obligados.

La Sentencia declara contrario al derecho a la libre circulación de capitales todo el régimen sancionador vinculado al 720, pero no declara nula la obligación.

Por tanto, si se cumplen las condiciones se está obligado a presentarlo, y si no se presenta o se presenta fuera de plazo, no habrá consecuencias hasta que saquen un nuevo régimen sancionador, que lo harán, y probablemente antes del 31 de marzo.

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Aquí una persona bastante activa que habla acerca del modelo:

https://twitter.com/alejandrocampo?s=20

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