el período para el reseteo de la marca de agua se amplió de 3 a 5 años a finales de 2023. Esta modificación se introdujo mediante el Real Decreto 1180/2023, de 27 de diciembre, que entró en vigor a finales de 202313. Los cambios principales son:
- Ampliación del período de referencia: Se establece un período de referencia de rentabilidad de 5 años como mínimo, en lugar de los 3 años previstos anteriormente1.
- Aplicación gradual: La CNMV ha establecido dos tramos de aplicación para esta nueva obligación13:a) Para las IIC que apliquen la comisión sobre resultados al final del ejercicio 2024, el nuevo período de 5 años comenzará en ese momento.b) Para las IIC que no apliquen esa comisión al final del ejercicio 2024, el inicio del nuevo período se producirá:
- Cuando hayan transcurrido 3 años sin superar el valor liquidativo de referencia por el que se pagó una comisión de gestión sobre resultados por última vez, o
- Cuando hayan transcurrido 3 años desde el último valor liquidativo de referencia fijado.
- Objetivo de la modificación: Este cambio busca alinear la normativa española con las directrices de ESMA (Autoridad Europea de Valores y Mercados) y mejorar la protección de los inversores34.
- Carácter acumulado: Se incluye la mención expresa al carácter acumulado de dicho cálculo (rolling basis)47.
Es importante destacar que esta modificación forma parte de un conjunto más amplio de cambios en la regulación de las Instituciones de Inversión Colectiva, que buscan mejorar su competitividad y adaptarlas a las normativas europeas5.