A día de hoy, casi con total certeza, no habrá pensiones

Gracias. Además, las jornadas trabajadas a tiempo parcial se tendrán en cuenta sin aplicarles el coeficiente de reducción para el cómputo de los días cotizados a efectos de contar la presunción de la Seguridad Social.

Esta modificación tendrá carácter retroactivo para los periodos trabajados a tiempo parcial anteriores (y posteriores) al 1 de octubre de 2023 a los efectos del acceso de las nuevas pensiones.

Es decir, los días trabajados a tiempo parcial anteriores al 1 de octubre de 2023 se considerarán como días cotizados a la hora de solicitar una de las prestaciones mencionadas, siempre que se genere el derecho a la misma después de ese 1 de octubre. Esta modificación no tendrá carácter retroactivo para pensiones para las que se haya generado el derecho (hecho causante) antes de dicha fecha.

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